Cómo la industria de la belleza en Puerto Rico responde a la nueva ley de reconocimiento de licencias
- Israel Berrios
- Aug 6
- 3 min read

El 1 de agosto de 2025, se aprobó en Puerto Rico la Ley Núm. 102-2025, conocida como la Ley de Reconocimiento Universal de Licencias Ocupacionales y Profesionales. Esta nueva legislación ha generado conversaciones en múltiples sectores, incluida la industria de la belleza en Puerto Rico, por el impacto que puede tener en la manera en que se otorgan licencias profesionales en la isla.
Esta ley crea un mecanismo para que personas con licencias activas emitidas por otros estados de Estados Unidos puedan solicitar y obtener una licencia local para ejercer su profesión en Puerto Rico, incluyendo profesiones como cosmetología, barbería y estética.
¿Qué establece esta ley para la industria de la belleza en Puerto Rico?
De acuerdo con la legislación, las juntas examinadoras de Puerto Rico deben otorgar una licencia local a personas con licencias activas en otras jurisdicciones estadounidenses, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Tener una licencia válida y en buen estado.
Haberla mantenido por al menos un año.
Contar con al menos tres años consecutivos de experiencia inmediata en la profesión.
Haber cumplido con requisitos de educación, examen o experiencia sustancialmente equivalentes a los de Puerto Rico.
No tener historial criminal descalificante ni sanciones disciplinarias.
Las juntas tienen 30 días para emitir una determinación final. Si no responden en ese plazo, se otorga una licencia provisional automática por otros 30 días mientras se completa el proceso.
Profesiones incluidas y exclusiones
La ley cubre una gama amplia de ocupaciones, incluyendo:
Enfermería
Ingeniería
Electricistas y otros oficios
Maestros
Y profesiones en la industria de la belleza en Puerto Rico
⚠️ Cabe destacar que los abogados están expresamente excluidos de esta legislación.
Implicaciones para el sector de belleza en Puerto Rico
Desde la perspectiva de la industria de la belleza en Puerto Rico, esta ley representa un cambio significativo en el control y regulación del ejercicio profesional.
Al facilitar el reconocimiento de licencias emitidas fuera de Puerto Rico, se abren preguntas importantes para el sector:
¿Cómo se garantizará que los estándares de formación, higiene, salud pública y servicio sean equivalentes?
¿Cómo se mantendrá la fiscalización y la calidad del servicio en el país?
¿Cómo afectará esta medida al desarrollo y crecimiento de los profesionales que estudian y se licencian dentro del sistema local?
Aunque la ley busca responder a la escasez de mano de obra en sectores esenciales, su aplicación en el campo de la belleza debe ser observada de cerca por las entidades reguladoras, instituciones educativas y profesionales activos.
Implementación en proceso
La ley entró en vigor de manera inmediata. Sin embargo, las agencias responsables —incluyendo la Junta Examinadora de Belleza— tienen un plazo de 180 días para adoptar o enmendar los reglamentos que regirán la implementación de esta política pública.
En resumen
La industria de la belleza en Puerto Rico ha mantenido un compromiso firme con la educación formal, la excelencia técnica y la protección del cliente. Esta nueva ley representa un cambio que, aunque ya aprobado, requiere de seguimiento cercano por parte de todos los actores del sector.
En este momento, es fundamental mantenerse informado, leer con detenimiento la legislación, y seguir el desarrollo de los reglamentos que definirán cómo se aplicará esta ley en nuestro campo.